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Adopciones


   La adopción es el acto de aceptar como hijo o hija a quien no lo es naturalmente con arreglo a los requisitos de fondo y forma de las leyes. Esta es un sistema para la creación artificial de la patria potestad, siendo esta el conjunto de derechos y deberes que corresponden al padre o madre en cuanto a sus hijos o hijas menores.
Los Pasos requeridos para una adopción extranjera en Honduras son los siguientes:
  1. Solicitud de Adopción (firmada y certificada por un abogado).
  2. Certificación de acta de nacimiento, o similar, de la personas adoptantes. 
  3. Certificación de Matrimonio si la adopción es solicitada por ambos cónyuges. 
  4. Certificado de registro policial que indiquen la ausencia de antecedentes.
  5. Certificado bancario de ahorro.
  6.   Fotocopia legalizada de titulos inmobiliarios o contrato de arrendamiento de los mismos.
  7.   Al menos 3 cartas de honorabilidad de los solicitantes extendida por autoridades comunitarias, gubernamentales o religiosas.
  8.   Dos fotografías a color recientes de los solicitantes.
  9.   Fotografias a colores del resto de la familia y de la vivienda. (Interior y exterior) Copia de Pasaporte de cada una de los solicitantes. 
  10. Aprobación migratoria de su país para adopcion en el extranjero. Constancia expedida por el consul de Honduras del domicilio de los solicitantes que cumplen con los requerimientos locales para adopción. 
  11. Compromiso de seguimiento extendido por la agencia gubernamental o privada respectiva. 
  12. Certificado Medico de Salud Fisica y Mental, y examenes de laboratorio de los adoptantes y sus hijos(as) biologicos, si existiecen.
     

 
 Todos estos documentos deben estar debidamente legalizados en el pais de origen por medio del Consulado de Honduras y en Honduras. 

Todo el proceso administrativo en Honduras debe ser tramitado por un abogado Hondureño

Otras consideraciones:

  1. Los estudios socioeconomicos deben ser por agencias aprobadas por el IHNFA o por entes certificados por el estado local.
  2. Adoptantes deben se mayores de 25 años y menores de 51 años.
  3. Los posibles adoptantes pueden indicar las caracteristicas de el menor que desean adpotar, pero el IHNFA tiene la ultima palabra.
  4. La edad de menores aptos para adopciòn es entre 0 y 14 años.

 


 

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